Personas y lugares reales en historias ficticias

Quizá en algún momento os habéis planteado la posibilidad de utilizar el nombre de personas o ubicaciones reales en vuestros manuscritos, sean del género que sean. Es evidente que vuestra obra nace de la creatividad (aún pudiendo estar basada en hechos reales) y que debe quedar en el ámbito de la ficción, pero os aconsejamos que leáis esta entrada para orientar vuestras dudas.

Hay distintos motivos por los que podéis veros en esta disyuntiva. Es posible que pretendáis rendir homenaje a alguien y, en consecuencia, deseéis ponerle su nombre, e incluso sus apellidos, a uno de vuestros personajes. En ese sentido, y siempre que utilicéis sus apellidos (lo que facilitaría su identificación), deberíais solicitar una autorización. Por supuesto, no lo vemos necesario si solo se emplea el nombre, al no ser suficiente para relacionar de manera inequívoca al personaje con la persona.

Igualmente, para el caso de establecimientos abiertos al público que queráis mencionar para ambientar y contextualizar la acción en un sitio real, os recomendamos recabar la autorización. Siempre que no vaya en perjuicio del propio local, imagen o empresa, entendemos que no existirá voluntad en contra y, además, no habrá motivos de reclamación por parte del interesado.

Por otra parte, si vuestra historia requiere del uso de un personaje histórico para su desarrollo, os informamos que el artículo 4.3 de la Ley Orgánica 1/1982, de 05 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen limita en 80 años desde el fallecimiento el marco temporal para poder emprender acciones de protección hacia el afectado. Además, si lo que requerís es hacer referencia a un hecho real y de dominio público (presente o pasado), no es necesario recabar consentimiento, pero si hablamos de un aspecto controvertido o que creáis que puede suscitar cierta animadversión, os invitamos a que la obra vaya amparada y reafirmada en una bibliografía con las fuentes usadas para narrar los hechos (en cuya interpretación no debe caber la ambigüedad).

Al final, el objetivo que se persigue es que vuestros escritos sirvan para entretener y suscitar emociones en los lectores, pero ello no debe convertirse en un pretexto de total libertad en relación a personas o negocios desde el amparo (inexistente en el marco jurídico) de la ficción literaria. Por ello, esperamos que estos consejos y planteamientos sirvan para resolver vuestras dudas y guiaros en un correcto tratamiento de los datos y las imágenes con respecto a sus legítimos interesados.

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